Política de condiciones

CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS

Las presentes condiciones generales regularán la relación contractual entre RENT A CAR IBIZA CRUZ en a delante (“el arrendador”) y el cliente en a delante (” el arrendatario”), en virtud de las cuales el primero cede al segundo el uso de un vehículo por el plazo, precio y demás condiciones que se establecen en el contrato de alquiler.

REGULACIÓN JURÍDICA APLICABLE

  1. Las presentes condiciones generales de contratación se encuentran sujetas a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, modificada por la Ley 3/2014, de 27 de marzo; a la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, a la normativa autonómica vigente en el lugar de prestación del servicio así como a cualquier otra normativa que sustituya, complemente o modifique lo anterior, en lo que pueda resultar de aplicación.
  2. El arrendatario está obligado al cumplimiento de las Condiciones Generales de Alquiler de RENT A CAR IBIZA CRUZ.

¿A QUIÉN SON APLICABLES LAS CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER?

Las condiciones generales de alquiler le serán aplicables a la persona que suscriba el Contrato de Alquiler (Arrendatario) y que preste como garantía del vehículo el depósito de fianza ya sea en efectivo, a través de transferencia bancaria o con la tarjeta de la cual es titular. Asumirá todos los costes asociados al Contrato de Alquiler la persona que suscriba el mismo (con independencia de que figure como conductor del Vehículo Alquilado) así como cualquier (otro) conductor expresamente indicado en el Contrato de Alquiler, y por tanto autorizado a conducir el Vehículo.

Todas las personas identificadas en el contrato de alquiler responderán solidariamente del pago de cualquier cantidad debida derivada del contrato.

En el caso de que la reserva hubiera sido realizada y prepagada por un tercero, distinto del arrendatario (entendiendo como tal a la persona que suscribe el Contrato de Alquiler y es titular de la tarjeta de crédito prestada como garantía), y dicho tercero rechazara posteriormente el cargo realizado por RENT A CAR IBIZA CRUZ como prepago del alquiler, RENT A CAR IBIZA CRUZ podrá exigir directamente al arrendatario (y solidariamente a los conductores autorizados que figuren en el Contrato de Alquiler), el pago de dicha cantidad.

¿QUIÉN PUEDE ALQUILAR Y QUIÉN PUEDE CONDUCIR?

Autorizados a alquilar:

Cualquier persona física que sea capaz legalmente de contratar con RENT A CAR IBIZA CRUZ y que esté preparado para aceptar la responsabilidad del vehículo durante el periodo del alquiler.

Autorizados a conducir:

Conductor autorizado del Vehículo arrendado será cualquier persona física que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Se mencione expresamente e identifique plenamente en el Contrato de Alquiler (también puede ser el arrendatario).
  • Proporcione un permiso de conducción válido en España y un documento de identificación válido (Documento de Identidad o Pasaporte).
  • El vehículo solamente podrá ser conducido por el arrendatario, así como aquellas personas designadas en el contrato de arrendamiento, siempre que sean mayores de 18 años.

* Se consideran permisos de conducción válidos en España los siguientes:

  1. Los expedidos de conformidad con la legislación española en vigor;
  2. Los expedidos por los estados miembros de la Unión Europea con arreglo a la normativa comunitaria;
  3. Los expedidos por otros países que fueran reconocidos como válidos a efectos de permitir la conducción en España según la normativa de la Dirección General de Tráfico española.
  4. Permiso internacional válido junto con el permiso nacional válido del país que correspondiera para el cual se exigiera a efectos de permitir la conducción en España según la normativa de la Dirección General de Tráfico española. El arrendatario responderá personal y solidariamente por las personas que conduzcan el vehículo durante el arriendo.

UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO

  1. El arrendatario se compromete a utilizar y conducir el vehículo cumpliendo con las normas del Código de Circulación vigentes en el lugar y en el momento de prestación del servicio y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo arrendado.
  2. Es de obligado cumplimiento que el arrendatario lleve siempre consigo su ejemplar del contrato de alquiler vigente durante la duración del mismo.
  3. En caso de utilización del vehículo para el transporte de menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros, el arrendatario deberá proveerse de dispositivos de sistemas de retención infantil adecuados a cada grupo de edad y situarlos en el vehículo de conformidad con la normativa de tráfico vigente. El arrendatario también deberá comprobar la adecuación, uso y colocación en el vehículo de los sistemas de retención infantil.

El arrendador no asume responsabilidad por la falta de uso, instalación, comprobación, uso incorrecto del dispositivo de retención obligatorio.

  1. El vehículo solamente podrá ser utilizado en carreteras públicas. 

Queda expresamente prohibido el uso del vehículo en los siguientes supuestos:

  1. Conducir el vehículo en vías no autorizadas o no pavimentadas, o cuyo estado pudiera suponer un riesgo de daños para el vehículo.
  2. Participar con el vehículo en carreras, pruebas de velocidad y/o resistencia, concursos o desafíos de cualquier naturaleza.
  3. Utilizar el vehículo para la realización de prácticas de conducción.
  4. Utilizar el vehículo para pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles.
  5. Utilizar el vehículo en caso de riesgo, en especial, de iluminarse los pilotos de alarma del cuadro de mandos.
  6. Transportar personas mediante contraprestación.
  7. Cometer actos delictivos con el vehículo, incluso si dicho acto solo tiene la consideración de delictivo en el lugar de comisión.
  8. Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
  9. Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos o cualquier otro objeto.
  10. Transportar en el mismo sustancias tóxicas, inflamables y en general peligrosas y/o que infrinjan las disposiciones legales vigentes.
  11. Transportar el vehículo de alquiler a bordo de cualquier tipo de barco, tren, camión o avión, salvo autorización expresa por escrito por parte del arrendador.
  12. Circular en el interior de recintos de puertos, aeropuertos, aeródromos y/o análogos de carácter no accesible al tráfico público, así como en recintos o instalaciones de refinerías y compañías petrolíferas, salvo autorización expresa por escrito por parte del arrendador.
  13. El arrendatario deberá cuidar que la carga del vehículo esté correctamente distribuida y colocada de forma segura y respetando siempre los límites de peso, cantidad y/o volumen autorizado e indicado en el Permiso de Conducción y/o la Ficha de Inspección Técnica del Vehículo. Igualmente, el arrendatario se responsabiliza de no transportar pasajeros en número superior al autorizado e indicado en el Permiso de Conducción y/o la Ficha de Inspección Técnica del Vehículo.
  14. Queda prohibido al arrendatario ceder, subarrendar, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía tanto el vehículo como el contrato de alquiler, las llaves del mismo, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo y/o cualquier otra parte o pieza del mismo; o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al arrendador.
  15. El arrendatario asume completa responsabilidad por cualesquiera infracciones de normas de trafico o estacionamiento cometidos durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
  16. RENT A CAR IBIZA CRUZ no asume responsabilidad alguna por pérdidas o daños en cualesquiera bienes que el arrendatario o cualquier otra persona deje, guarde o transporte en el vehículo ya sea durante el alquiler o al finalizar el arrendamiento. El arrendatario asume el riesgo de tales perdidas o daños y exime a Rent a car RENT A CAR IBIZA CRUZ de toda reclamación.

Rent a car IBIZA CRUZ quedará indemne de cualquier reclamación que se produzca por esa causa.

  1. En el momento de formalización del contrato de alquiler y en la entrega del vehículo el arrendatario y cualquier otra persona designada por el mismo como conductor deberán estar presentes para firmar el contrato de alquiler ante el arrendador y presentar permisos de conducción válidos en formato físico y vigentes en el país del alquiler, así como sus correspondientes documentos de identificación personal. El arrendador se reserva la facultad expresa de denegar el alquiler del vehículo en el supuesto de que el arrendatario o la persona indicada por el mismo como conductor no acreditaran en debida forma ser titular de un permiso de conducción válido y vigente en el momento de formalizar el contrato de alquiler. No se aceptarán permisos de conducir en formato digital o electrónico.

RESERVAS

El arrendatario podrá solicitar una reserva a través del formulario que aparece en la web www.rentacaribiacruz.com, vía telefónica o directamente a través de nuestro e-mail:

info@rentacaribizacruz.com. Siempre la confirmación de la reserva será enviada por escrito vía e-mail o en papel físico.

* El arrendatario reserva una categoría de vehículo. Debe quedar claro que no reserva una marca ni un modelo.

CANCELACIÓN DE RESERVA POR PARTE DE LA OFICINA

El arrendador mantendrá la reserva hasta pasados los 120 minutos de la hora convenida, no estando obligado a prestar el servicio en las condiciones pactas transcurrido dicho plazo.

* Los precios que aparecen en nuestra web son orientativos ya que no garantizan que estén actualizados y no garantizan disponibilidad.

CARGOS ADICIONALES:

Modificación en la reserva:

Cualquier modificación en una reserva prepagada y con menos de dos horas de antelación al inicio del alquiler conllevará un cargo fijo de 20€ +IVA más la adecuación del precio final a la tarifa vigente en el momento de la realización del cambio.

* La tarifa vigente en el momento de la renovación será la que aparezca en la web:

www.rentacaribizacruz.com 

CANCELACIÓN DE RESERVA

La cancelación por parte del arrendatario de una reserva prepagada será posible hasta el último instante. En caso de cancelación de contratos de menos de 5 días se devolverá el importe abonado para la reserva menos el importe de un día de alquiler a la tarifa de un día.

Para contratos de 5 o más días se le devolverá el importe abonado para la reserva menos la suma del coste de la mitad de días reservados.

Entregas y devoluciones fuera de la oficina:

RENT A CAR IBIZA CRUZ ofrece el servicio de entrega o recogida del vehículo fuera de las instalaciones habituales.

Por este servicio se cobrará un cargo adicional. Dicho importe será tratado directamente con el personal de la oficina.

Alquiler de vehículo en horario de oficina cerrada:

Se cobrará un extra de 33,05€ +IVA para los alquileres de vehículo que se realicen fuera del horario de oficina.

Ampliar el alquiler:

Si el arrendatario desease ampliar el alquiler deberá ponerse en contacto con la oficina antes de la fecha y hora de finalización de su contrato de alquiler.

La oficina hará todo lo posible por ayudar a nuestro cliente aunque tal vez otro cliente haya reservado su vehículo.

Si se pudiese prorrogar los días extra se cobrarán a precio de la tarifa vigente en el momento de la renovación.

*La tarifa vigente en el momento de la renovación será la que aparezca en la web:

www.rentacaribizacruz.com 

Si no devolviese el coche en lugar, fecha y hora acordadas.

Si no devolviese el coche en fecha y hora acordadas, habrá incumplido su contrato y perderá todos los beneficios de cualquier exención de responsabilidad, y de cualquier extra contratado en cuanto a reducción de franquicia. Esto significa que, en caso de devolver el vehículo con nuevos daños, deberá demostrar que fueron ocasionados antes de la fecha de devolución acordada.

Haremos todo lo necesario para localizar el vehículo y recuperarlo, aunque para ello, tengamos que informar de la pérdida o la apropiación indebida del mismo.

En caso de no devolver el vehículo el arrendatario se hará cargo de:

  • el coste que le suponga a la oficina la recuperación del vehículo.
  • los días de alquiler que debería estar disponible el vehículo para otro arrendamiento.
  • los costes que la oficina tenga que pagar a terceros en relación al vehículo.
  • los propios costes razonables de la oficina.

*Al firmar el arrendatario el contrato nos autoriza a ello. Se lo cobraremos en su tarjeta de pago.

Equipamiento adicional proporcionado por Rent a Car RENT A CAR IBIZA CRUZ:

Equipamientos1 día7 díasMes
Asiento / Elevador bebes y niños5,78€40,46€50€
Trasportín de mascotas5,78€40,46€50€

* IVA no incluido.

Conductor extra:

Rent a car RENT A CAR IBIZA CRUZ proporciona la opción de añadir un segundo conductor al contrato de alquiler por un cargo extra de 5,78€ /día, 40,46€ /semana y 50€ /mes + IVA aplicable a todos los extras.

Repostaje del tanque:

El arrendatario deberá devolver el tanque en el mismo estado en el que lo recibió.

En el caso de que el arrendatario devuelva el tanque por debajo del nivel en el que se le entregó sin haber seleccionado el servicio ‘‘Prepago de tanque’’, deberá abonar el importe de 30€ (+iva) por la gestión de rellenarlo, más el coste total de los litros faltantes al precio actualizado de mercado.

* El personal de la oficina deberá ir a llenar el coche cuando tengan tiempo y personal suficiente antes de calcular la suma que se le cargará al arrendatario. En caso de que el arrendatario pagase el arrendamiento en efectivo y no tuviese tiempo para esperar, el arrendador hará una división y un cálculo de lo que le puede faltar al vehículo.

En los alquileres de vehículos provistos de depósito AdBlue, el arrendatario es responsable del mantenimiento de que esté el depósito suficientemente lleno. De esta manera, responderá a los perjuicios que pudiesen ocasionarse por incumplir esta responsabilidad.

Prepago de tanque:

El arrendatario prepaga el coste de los litros de combustible que le caben al modelo de vehículo que alquila menos 5 litros que le regala RENT A CAR IBIZA CRUZ. De esta manera puede entregar el vehículo sin necesidad de rellenarlo.

Cargo administrativo por gestión de multas:

Se cargarán 25€ +IVA por la gestión de cada notificación sancionadora instruida por la autoridad competente durante el periodo de alquiler del vehículo.

Cargo por asistencia en carretera:

RENT A CAR IBIZA CRUZ ofrece el extra para obtener servicio de asistencia en carretera gratuita 24hrs.

En el caso de que el vehículo arrendado necesitase asistencia en carretera por una causa imputable a un actuar negligente por parte del arrendatario, se le cobraría el coste íntegro de la asistencia.

Desplazamientos fuera de las islas:

En los arrendamientos se prohíbe de forma expresa el desplazamiento fuera de las islas de Ibiza y Formentera, salvo autorización expresa por escrito por parte del arrendador.

Para el desplazamiento a Formentera el arrendatario deberá preavisar al arrendador y solicitar la autorización pertinente de ser necesaria para ley de regulación para la entrada, circulación y estacionamiento de vehículos en Formentera.

Franquicias y seguros contra daños:

Todos los vehículos objetos de contrato se hallan cubiertos por una póliza de seguro denominada ‘’ilimitado’’ de responsabilidad Civil y Criminal contra terceros.

Puesto que el arrendatario no se encuentra asegurado en virtud de dicha póliza, se obliga a cumplir todos los términos y condiciones de la misma. El arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro, a la compañía aseguradora o a RENT A CAR IBIZA CRUZ.

Siempre que el vehículo esté dentro del territorio de Ibiza o Formentera, RENT A CAR IBIZA CRUZ ofrece sin ningún coste una cobertura adicional contra daños  en el propio vehículo que cubre chapa,  pintura, cristales y ruedas y que cuenta con la franquicia correspondiente para cada categoría de vehículo.

* Bajo ningún concepto esta cobertura cubrirá los bajos del vehículo de igual manera que el interior del mismo.

Franquicias de categorías ofrecidas por RENT A CAR IBIZA CRUZ:

Categoría:Franquicia:
Mini1000 €
Economy1200 €
Compactos1300 €
Especiales1300 €
Furgones / Furgonetas1500 €

* El limite de responsabilidad del arrendatario (la franquicia) será anulado quedando una responsabilidad ilimitada de los daños y responsabilidades en los siguientes casos:

  • El vehículo es conducido por una persona distinta.  
  • El conductor infringe las leyes de código de circulación.
  • Los daños son causados intencionadamente o por un mal uso del vehículo.
  • En el vehículo van montadas más persona de las autorizadas.
  • El vehículo es dañado por incendio, aunque sea no provocado o por causas mecánicas y uso normal del mismo.
  • El vehículo es dañado por inundación o caída al agua.
  • El vehículo se encuentra fuera de la Isla de Ibiza y Formentera.

TIPOS DE PROTECCIONES QUE REDUCEN LA FRANQUICIA

Carrocería:

– Esta protección reduce la franquicia de la carrocería a 100€.

* Esta protección no cubre los bajos del vehículo.

* Esta protección no cubre los daños que sean debidos a un uso negligente del vehículo.

* Esta protección no cubre los daños del interior del vehículo.

Categoria:1 día7 díasA partir de 8º día1 mes de alquiler
Mini15€105€10€ /día200€
Economy15€105€10€ /día200€
Compactos15€105€10€ /día200€
Especiales15€105€10€ /día200€
FurgonetasNONONONO

* IVA incluido.

Ruedas y cristales:

Esta protección reduce la franquicia de las ruedas y los cristales a 100€.

* Esta protección no cubre los daños que sean debidos a un uso negligente del vehículo.

Categoria:1 día7 díasA partir de 8º día1 mes de alquiler
Mini10€70€5€ /día100€
Economy10€70€5€ /día100€
Compactos10€70€5€ /día100€
Especiales10€70€5€ /día100€
FurgonetasNONONONO

* IVA incluido.

ESTADO DEL VEHÍCULO

Los vehículos objeto de arrendamiento no presentan daños y se encuentran en correcto estado de funcionamiento mantenimiento y chapa, de igual manera se realizará un chequeo en el momento previo al inicio del alquiler con fotografías donde aparecerán los posibles daños que pudiesen tener.

* Los vehículos deberán ser devueltos en el mismo estado en el que se entregó por RENT A CAR IBIZA CRUZ con todos sus documentos, neumáticos, llaves, herramientas y accesorios que pudiesen contener. Cualquier alteración en lo mencionado anteriormente podrá repercutir en cargos adicionales para el arrendatario.

* Cuando el arrendatario recoja el vehículo deberá inspeccionarlo. Si hay algún daño que no se considere daño menor y no aparezca reflejado en el contrato, será de su obligación comunicarlo al arrendador y de que quede registrado en el contrato, antes de moverlo de la plaza en la que está aparcado.

* Al final del alquiler en el caso de haber nuevo daño y de compararlo con las fotos del chequeo inicial no apareciesen claras, se considerará que es un daño antiguo.

CARGO POR LIMPIEZAS ESPECIALES

35€Restos de residuos inorgánicos sólidos (botellas, basura, restos de bolsas, plásticos o papeles).
50€Colillas o restos de tabaco
60€Arena
70€Restos de comida o bebidas de cualquier tipo
100€Pelos de animal
150€Manchas que afecten a salpicadero, asientos, tapicería, cinturones y elementos del habitáculo en general
200€Restos de cemento, yeso o cualquier otro material que implique que el vehículo ha sido usado para obras (para este cargo están exentos furgonetas y vehículos mixtos)
200€Vómitos
200€Excrementos humanos o de animales
300€Olor o manchas de productos químicos, pintura, aceites o combustibles

* Restauración de tapizados por daños o manchas permanentes se cobrará el valor total de la reparación o restauración.

* IVA incluido.

CARGO POR FUMAR EN EL INTERIOR DEL VEHÍCULO

RENT A CAR IBIZA CRUZ no permite fumar en el interior de sus vehículos. En caso de que el vehículo contenga indicios de que se haya fumado en su interior, así como huela a tabaco, RENT A CAR IBIZA CRUZ aplicará una penalización de 50 € para cubrir los gastos de tratamiento, limpieza especial y paralización del vehículo.

Un trabajador chequeará el vehículo con el arrendatario a la devolución y se tendrán en cuenta sus alegaciones. En caso de disconformidad con la valoración del trabajador, el arrendatario podrá remitir sus alegaciones al e-mail de atención al cliente y en caso de no estar de acuerdo con la resolución, acudir al arbitraje de consumo a cuya decisión las partes se someten para la resolución de estos conflictos.

El e-mail de atención al cliente es:

admin@rentacaribizacruz.com 

DISPOSICIONES GENERALES

  1. El arrendatario tiene derecho a recibir un ejemplar en castellano de las presentes condiciones generales.
  2. La compensación de créditos operará de conformidad con la legislación vigente. En este sentido, el depósito de garantía sólo puede ser compensado después de haber comprobado que el arrendador ha cumplido con todas sus obligaciones, de acuerdo con las Condiciones Generales de Alquiler.
  3. En caso de existir más de un arrendatario, responderán todos solidariamente frente al arrendador.
  4. Todos los derechos y las obligaciones que se deriven de las presentes condiciones y del contrato serán extensivos a los conductores autorizados.

CONTACTO DE SERVICIO ATENCIÓN AL CLIENTE

En caso de dudas o reclamaciones puede dirigirse a nuestro Servicio de Atención al Cliente del siguiente modo:

– Remitiendo un correo electrónico a la dirección admin@rentacaribizacruz.com indicando en el campo Asunto el número de contrato de alquiler.

– Solicitando el formulario de reclamación en papel físico.

– Contactándonos por teléfono al +34 971 67 93 12 o +34 648 551 846.

* Para cualquier diferencia que pudiera surgir en relación con este documento y no hubiese resolución por las dos partes sin necesidad de una tercera parte arbitraria, las partes se someten expresamente a los jueces y tribunales de Ibiza, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

FORMAS DE PAGO

RENT A CAR IBIZA CRUZ ofrece un amplio abanico de opciones de pago. El arrendatario puede pagar en efectivo, con tarjeta de crédito o débito e incluso a través de transferencia bancaria, dando así la máxima oportunidad de alquiler a nuestro cliente.

El abono por parte del arrendatario tanto del alquiler como del depósito de fianza deberá ser por adelantado, a la hora de hacer la reserva, o en su defecto justo a la hora de hacer el contrato de arrendamiento y previamente al inicio del alquiler.

* Pago en efectivo: El pago de la fianza solamente podrá ser en efectivo siempre que la fecha y la hora de devolución sea en horario de oficina, en su defecto deberá ser con otro método de pago.

FIANZA

En el momento de la firma del contrato, el arrendatario abonará a demás del importe del alquiler del vehículo, una cantidad en concepto de depósito o fianza. Dicha fianza se abona como garantía de cumplimiento del contrato de arrendamiento.

Dependiendo del método de pago el depósito de fianza varía

Fianzas para turismos, vehículos mixtos y furgonetas:

MÉTODO DE PAGOCANTIDAD DE FIANZA
Tarjeta de crédito o Débito500€
 Efectivo700€
Transferencia Bancaria700€

* Para cualquier vehículo que vaya a circular por fuera del territorio de Ibiza y Formentera se deberá abonar una fianza de 1000 €.

* Este depósito de fianza se devuelve al arrendatario en el momento de la devolución del vehículo siempre que se hayan cumplido las condiciones del acuerdo de arrendamiento y que la devolución sea en horario de oficina. En el caso de que sea en horario de oficina cerrada se devolverá al siguiente día laboral.

* El proceso de devolución se realizará con el mismo método con el que se cargó el depósito, sin embargo, si surgiese algún problema técnico, la oficina podrá realizar la devolución utilizando alguno de los otros métodos restantes.

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